jueves, 1 de septiembre de 2016

ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO O RELACIÓN LABORAL



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En una relación laboral resulta de gran importancia tener absolutamente claros los elementos esenciales de un contrato de trabajo.

Ahora bien, tener claridad sobre los elementos que conforman un contrato de trabajo, es importante para cualquier persona, dado que cada día se constata situaciones como contratos de prestación de servicios en la cuales se verifica en virtud del principio CONTRATO REALIDAD una verdadera relación laboral en la que se predica un contrato disfrazado y que en realidad se trata de un contrato de trabajo.  Es precisamente los elementos del contrato laboral o de trabajo que le permite tener el conocimiento suficiente para evitar ser víctima de cualquier abuso por parte del empleador. Es también de gran importancia para el empleador tener conciencia clara sobre los elementos propios del contrato de trabajo, porque eso le evitará posteriores litigios con sus empleados que por lo general pierde, debiendo pagar importantes sumas de dinero.

No siempre el empleador actúa conscientemente cuando utilizan figuras de contratación diferentes al contrato de trabajo, pues algunos por desconocimiento, de buena fe contratan a un empleado sin recurrir para ello al contrato laboral, sufriendo después las consecuencias de tal decisión.

El código sustantivo del trabajo en su artículo 23, es más que claro sobre los elementos que configuran el contrato de trabajo y la consecuencia de su configuración:
Elementos esenciales. Para que haya contrato de trabajo se  requiere  que concurran estos tres elementos esenciales:

a)   La  actividad  personal   del  trabajador,  es   decir, realizada por sí mismo.

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b) La continuada subordinación o dependencia del  trabajador respecto  del  empleador  que faculta a  éste  para  exigirle  el cumplimiento de órdenes, en cualquier momento, en cuanto al modo, tiempo  o cantidad de trabajo, e imponerse reglamentos,  la  cual debe mantenerse por todo el tiempo de duración del contrato. Todo ello sin que afecte el honor, la dignidad y los derechos  mínimos del  trabajador  en  concordancia con los  tratados  o  convenios internacionales   que  sobre  derechos  humanos  relativos  a  la materia obliguen al país.

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c) Un salario como retribución del servicio.

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Una  vez reunidos los tres elementos de que  trata  este artículo, se entiende que existe contrato de trabajo y no deja de serlo por razón  del nombre que se le dé, ni de otras condiciones o modalidades que se le agreguen.


Aporte de: KELLY  JOHANNA GUTIERREZ SUAREZ
Bibliografia: Código sustantivo del trabajo Articulo 22, 23.

1 comentario:

  1. se debe de tener claro si nuestro contrato nos esta cobijando; Es también muy importancia para el empleador tener conciencia clara sobre los elementos propios del contrato de trabajo, ya que le evitará posteriores litigios con sus empleados que por lo general pierde sus demandas, ya que debe de pagar grandes sumas de dinero por indemnizaciones; que con claros conocimientos de nuestro código sustantivo de trabajo se pueden evitar.

    Feliz noche
    YESENIA MARCELA MUÑOZ GONZALEZ

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